Para realizar una anotación en los estatutos de tu empresa o sociedad, debes concurrir a una notaría con el documento que deseas registrar, tanto en formato físico como digital.
Para facilitar la identificación del documento, solicita al notario que en el formulario electrónico de anotación, en el campo “Título del documento”, describa claramente la naturaleza del acto, el título, las partes del contrato, la fecha y, si corresponde, el repertorio o número de protocolización.
Importante: los gravámenes, derechos reales sobre acciones de SpA, S.A. cerradas o S.A.G.R., y los pactos de accionistas relacionados con cesiones de acciones, deben ingresarse en el Registro de Accionistas electrónico del sistema, no como una anotación general de estatutos.